Planteamiento del Problema
El supermercado es un establecimiento
que tiene como principal finalidad acercar a los consumidores una importante
variedad de productos de diversas marcas, precios y estilos. A diferencia a lo
que sucede en gran parte de los negocios un supermercado se caracteriza por
exponer estos productos al alcance de los consumidores, quienes recurren al
sistema de autoservicio y abonar la cantidad de ítems elegidos al final en la
zona de cajas.
Hay varios tipos de supermercados. Mientras que
los de mediano tamaño son los más comunes, también se pueden encontrar
minimercados (aquellos que cuentan sólo con un número básico de productos) o
hipermercados, los más grandes de todos. Estos últimos suelen agregar otros
productos no tan comunes como indumentaria y calzado, comidas elaboradas, productos
importados o gourmet, elementos para automotores, elementos de decoración, etc.
El creciente poder de compra permite economías de
escala que pueden ser benéficas para los consumidores en el corto plazo, a condición
de que estas se traspasen, pero el efecto de esto y de otros factores sobre los
proveedores pueden terminar resultando un impacto negativo sobre los
consumidores.
En todo mercado nacional se interponen apenas
algunas barreras entre los miles de proveedores y los millones de consumidores.
Como resultado, los proveedores tienen acceso a menos compradores alternativos mayores,
y quedan por lo tanto con una capacidad de negociación considerablemente menor.
El desequilibrio de la capacidad de negociación
que existe entre los supermercados y sus proveedores fomenta prácticas de
compra abusivas. Los abusos son de naturaleza financiera y generan
incertidumbre entre los proveedores.
Para la gran mayoría de las personas en las economías
de mercado desarrolladas, resulta imposible imaginar la vida moderna sin los
supermercados: la comodidad de suplir todas las necesidades de productos
comestibles bajo un solo techo en un entorno limpio y agradable, la atención
desde temprano en la mañana hasta por la noche, con servicios como baños, café,
estacionamiento y/o transporte público, es irreemplazable. Los supermercados
sostienen además, si bien la evidencia es poco clara, que a la larga han
reducido el precio real (es decir, ajustado a la inflación) de los alimentos.
No obstante, debido a que los consumidores y
proveedores están conectados en última instancia, el daño producido a un grupo
resulta inevitablemente en el daño del otro grupo.
Los precios de los productos en los supermercados
son menores que los precios de los mismos productos en las tiendas, y las
autoridades de competencia consideran que la posibilidad de los consumidores de
obtener precios más bajos es, al menos en el corto plazo, algo benéfico. Sin embargo,
incluso los consumidores bien informados no pueden saber si el precio que están
pagando es sustentable.
Si los precios de compra son bajos a niveles no
sustentables, con el tiempo los suministros se agotaran, de modo que los
precios de compra, y por lo tanto los precios de venta minorista, deberán subir.
El rango y la calidad de los productos también pueden resultar perjudicados.
Los supermercados tienen una serie de soluciones
que satisfacen sus necesidades específicas, desde soluciones de gestión de la
perdida desconocida avanzadas hasta soluciones de visibilidad de productos para
evitar situaciones de roturas de stock. Cada vez más supermercados ofrecen
productos para farmacia en sus instalaciones y se enfrentan así a un desafío
extraordinario, el de proteger e impedir el hurto de unos productos tan
expuestos al hurto como los farmacéuticos.
¿Qué necesidad tiene el supermercado de eliminar
el botón devolución del sistema de cajas registradoras?
¿La eliminación del botón devolución del sistema
de cajas registradoras hará más efectivo u optimo a la hora de cuadre de caja?
¿Estará dentro de los parámetros legales de la
Ley de Impuesto al Valor Agregado la eliminación de este botón?
Objetivos
Objetivo General
Determinar las causas y las consecuencias de la
eliminación de la tecla devolución del sistema de cajas del supermercado.
Objetivo Especifico
- Recopilar información de porque desean eliminar definitivamente del botón devolución.
- Analizar la plataforma tecnológica existente en el supermercado.
- Determinar bajo las normas y leyes del SENIAT para la eliminación del botón devolución
- Establecer el nivel de efectividad de la eliminación de la tecla devolución, en las cajeras y en el cuadre de caja.
Justificación del Problema
La investigación propuesta busca mediante la
elaboración de un proyecto de procedimientos lograr suprimir el botón
devolución de las cajas registradoras para optimizar el sistema en su
plataforma tecnológica y ofrecer una metodología de trabajo que permitirá al
administrador de la red de datos, cajeras y al dueño del supermercado sea de
manera segura y confiable, y al mismo tiempo dará recomendaciones sobre cómo
actuar ante posible eventos de devolución y en el cuadre de caja.
Limitaciones
Entre las limitaciones que se presentan al
momento de recopilar la información está la poca disposición y falta de
información por parte de los empleadores del supermercado a nivel de
configuraciones y arquitectura por el factor de tiempo.
La búsqueda de los datos relevantes para esta
investigación fue otra, limitación debido a la falta de colaboración por parte
del supermercado que actualmente poseen cajas registradoras con el botón
devolución.
Definiciones
Supermercado: es un establecimiento
comercial urbano que venden bienes de consumo en sistema de autoservicios entre
los que se encuentran alimentos, ropa, artículos de higiene, perfumería y
limpieza. Estas tiendas pueden ser parte de una cadena, generalmente en forma
de franquicia, que pueden tener más sedes en la misma ciudad, estado país.
Facturación: es un documento
mercantil que refleja toda la información de una operación compraventa. La información
fundamental que aparece en una factura debe reflejar la entrega de un producto
o la provisión de un servicio, junto a la fecha de devengo, además de indicar
la cantidad a pagar en relación a existencias, bienes poseídos por una empresa
para su venta en el curso ordinario de la
explotación, o bien para su transformación o incorporación al proceso
productivo.
Sistema: es un conjunto de partes
o elementos organizados y relacionados que interactúan entre sí para lograr un
objetivo. Los sistemas reciben (entrada) datos, energía o materia del ambiente
y proveen (salida) información, energía o materia. Un sistema puede ser físico o
concreto (una computadora, un televisor, un humano) o puede ser abstracto o
conceptual (un software).
Devoluciones: entrega al vendedor de
una cosa que se ha comprado a cambio de su importe, para las devoluciones es
preciso presentar el ticket del compra.
Cajas Registradoras: es un aparato mecánico o
electrónico que permite calcular o registrar transacciones comerciales, e inclusive
un cajón para guardar dinero. Por lo general, permite además imprimir un recibo
o factura para el cliente, según las disposiciones legales de cada País.
Cuadres de
Caja: consiste
en el análisis de las transacciones del efectivo, durante un lapso determinado,
con el objeto de comprobar si se ha contabilizado todo el efectivo recibido y
por tanto el Saldo que arroja esta cuenta, corresponde con lo que se encuentra físicamente
con Caja de dinero en efectivo, cheques o vales. Sirve también para saber si
los controles internos se están llevando adecuadamente.
Botones: es una metáfora común utilizada
en interfaces gráficas con el objetivo similar al de un botón corriente. Los botones
suelen ser representados como rectángulos con una leyenda o icono dentro,
generalmente con efecto de relieve.
SENIAT: el Servicio Nacional
Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), es una institución
creada con un objetivo muy importante para el país de Venezuela como lo es la
recaudación y control de tributos nacionales, a través de un sistema integral
de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo y confiable, bajo
los principios de legalidad y respeto al contribuyente.
Bases Legales
Los contribuyentes inscritos en el registro no podrán
desincorporarse, a menos que cesen en el ejercicio de sus actividades o pasen a
realizar exclusivamente actividades no sujetas, exentas o exoneradas, sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 52 de esta Ley.“
Según la Ley de Impuestos al Valor Agregado en
Gaceta Oficial Nº 38.263 del 1º de Septiembre de 2005 (vigente) en su Capítulo
II del Registro de los Contribuyentes:
“Articulo 51.- La Administración Tributaria
llevará un registro actualizado de contribuyentes y responsables del impuesto
conforme a los sistemas y métodos que estime adecuados. A tal efecto, establecerá
el lugar de registro y las formalidades, condiciones, requisitos e información que
deben cumplir y suministrar los contribuyentes ordinarios y responsables del
impuesto, quienes estarán obligados a inscribirse en dicho registro, dentro del
plazo que al efecto se señale.
Los contribuyentes que posean más de un establecimiento en que
realicen operaciones gravadas, deberán individualizar en su inscripción cada
uno de sus establecimientos y precisar la oficina sede o matriz donde
centralizarse el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta Ley y sus
reglamentos.
En aquellos casos en donde el contribuyente incumpla con los requisitos
y condiciones antes señalados, la administración tributaria procederá de oficio
a su inscripción, imponiéndole la sanción pertinente.
En la misma Ley del Impuesto al Valor Agregado en su Capítulo III de la
Emisión de Documentos y Registros Contables:
“Articulo 58.- Cuando con posterioridad a la facturación se produjeren devoluciones
de bienes muebles, envases, depósitos, o se dejen sin efecto operaciones
efectuadas, los contribuyentes vendedores y prestadores de servicios deberán expedir
nuevas facturas originalmente emitidas. Los contribuyentes quedan obligados a
conservar en todo caso, a disposición de las autoridades fiscales, las facturas
sustituidas. Las referidas notas deberán cumplir con los mismos requisitos y
formalidades de las facturas establecidas en esta Ley y sus disposiciones
reglamentarias. “
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